COP censura que Colegio Médico del Perú afirme que cirujano dentistas son profesionales de apoyo al médico cirujano

Fuente COP

 

El Colegio Odontológico del Perú reiteró su total rechazo a la aseveración que los cirujano dentistas son profesionales de apoyo al cirujano médico, según lo anunció el Colegio Médico del Perú (CMP) en carta N° 1827 SI-CMP-2016 enviada el 22 de noviembre a la Dra. Patricia Funegra, ministra de Salud, a propósito del Proyecto de Reglamento de Concurso Nacional para el puesto de Director de Establecimientos de Salud II y III Nivel de Atención Sector Salud.

 

“Las cosas claras. Somos profesión médica y no de apoyo. El cirujano dentista receta; los cirujanos buco maxilofaciales, por ejemplo,  dirigen sala de operaciones; y tenemos actividad y responsabilidad final. Respetos guardan respetos. Devolveremos a la odontología el sitial perdido”, manifestó el Dr. David Vera Trujillo, decano nacional del COP.

 

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Qué dice el CMP

 

El Colegio Médico del Perú cuestiona al proyecto del reglamento aludido el cual garantiza que profesionales capacitados en gestión de salud puedan acceder a ser directores de hospital de II y III nivel.

 

Las actuales autoridades del CMP expresan que los odontólogos y un conjunto de carreras de la salud son profesionales no médicos y que, según la Ley 23536 “son en su ejercicio profesional, apoyo a la labor profesional del médico cirujano”. Por lo tanto, afirman, estarían imposibilitados de dirigir y gestionar hospitales de II y III nivel en función a una supuesta norma de mayor jerarquía.

 

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La opinión del COP

 

El COP sustentó oportunamente una respuesta al desacertado planteamiento del CMP. La objeción institucional se está reiterando a través de un pronunciamiento que se acaba de publicar el 27 de diciembre, en el diario La República.

 

Y es que no es cierto que la Ley 23536 instituya que la odontología sea profesión del apoyo al médico cirujano, tal como se lee en el documento firmado por el doctor Vera Trujillo. Por el contrario, esta normativa establece que el cirujano dentista en su ejercicio es análogo al médico cirujano debido a que cuenta con autonomía absoluta, según el artículo 34° del DS N° 019-83-PCM, y desarrolla actividad final en los pacientes, según el artículo 33° del mismo decreto supremo.

 

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“Estamos aptos para dirigir la gestión de cualquier hospital del sector salud, instituto especializado en odontología, así como asumir la jefatura de cualquier departamento o servicio de odontoestomatología. Y vamos a defender esta postura”, subrayó finalmente el decano nacional del COP.

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